Hace demasiados años que los funcionarios de ventanilla utilizan la frase "no lo se" o mejor "no es mi competencia" mejor "pague y reclame" o con tono amigable "la ley es la que es".
Desde la pandemia, con las citas previas, se ha incrementado el desconocimiento y la opacidad.
Nos vemos abocados a acudir a los tribunales, que también cometen errores si no se les ilustra desde el conocimiento letrado.
El pasado mes se inició un camino que puede resultar un antes y un después, imponiendo costas procesales a una ayuntamiento que se escuda en la ignorancia hasta que toca demostrar la motivación de arrastrar al contribuyente a un proceso judicial.
Felicidades a José María Salcedo, socio director de Salcedo Tax Litigation.
Quizás el Constitucional, con su Sentencia 108/2022, de 26 de septiembre de 2022, llamando la atención al tribunal de lo contencioso por "Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (error patente): resolución judicial que yerra al calificar la autoliquidación presentada por el obligado tributario, aplicándole el régimen de revisión previsto para los actos administrativos de liquidación." tenga estas consecuencias.
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